Revisoría fiscal

Revisoría fiscal

Nuestro servicio de revisoría fiscal es atendido directamente por un miembro de nuestro consejo de analistas, y bajo la dirección de nuestra Gerente General Yenny Saldarriaga. Al igual que todos nuestros servicios con el sello NICC1, (Norma Internacional de Control de Calidad) para garantizar el compromiso con nuestros clientes y aliados.

 

Este servicio audita los sistemas de control interno y procesos de gestión al interior de la empresa al igual que la revisión al cumplimiento de los requerimientos legales, los cuales determinan la razonabilidad de los estados financieros, y además busca identificar las debilidades y potenciales fortalezas donde la plataforma estratégica de la entidad puede verse comprometida en su operación para la toma de decisiones a corto, mediano y largo plazo.

Nuestro alcance

Tiene como objetivo expresar una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros emitidos por una sociedad de acuerdo con las Normas de Contabilidad y de Información financiera Aceptadas en Colombia y en cumplimiento de las Normas Internacionales de Auditoría contenidas en el Decreto 0302 de 2015 (incorporado en el Decreto Compilatorio 2420 de 2015).

 

Generalmente dicho informe se emite al cierre de cada año fiscal, sin embargo, algunas entidades de vigilancia y control pueden requerir un informe de carácter intermedio para fines específicos.

Incluye la evaluación sobre el cumplimiento de la normatividad legal – contable aplicable a la sociedad, los estatutos y las decisiones del máximo órgano social.

 

Esta auditoría incluye la revisión del cumplimiento de las normas aplicables a los libros oficiales de contabilidad, los comprobantes y soportes contables y libros de actas de los máximos órganos sociales de la empresa. En adición, el Estatuto Tributario requiere que el Revisor fiscal firme las declaraciones mensuales de retención en la fuente, las bimestrales sobre el impuesto al valor agregado y las anuales sobre el impuesto de renta. La firma en dichas declaraciones tributarias presume que la contabilidad se lleva de acuerdo con las normas legales. Las entidades de inspección y vigilancia de la sociedad también podrán requerir al revisor fiscal, certificaciones sobre asuntos contables y otros, dado su valor probatorio.

Su propósito es concluir si el control interno de la sociedad ha sido adecuado, con especial énfasis en las medidas de control implementadas por la administración de la sociedad para asegurar la conservación y custodia de los bienes de la sociedad y los de terceros que estén en su poder. Es importante destacar que el alcance de la Auditoría Financiera, con la adopción de las Normas Internacionales de información Financiera (NIIF) junto con sus interpretaciones emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board – IASB, por sus siglas en inglés), debe adaptarse dependiendo del Grupo al cual pertenece la Compañía.